punto por punto

La defensa del abogado de Cristina Kirchner, Carlos Beraldi, en respuesta a la falta de fundamentos de Juicio de Vialidad

El reconocido abogado, Carlos Beraldi, desmenusa punto por punto, la causa que sin lugar a dudas tiene un solo fin, la proscripción de la líder política contemporánea más importante de la República Argentina

Carlos Beraldi, abogado defensor de Cristina Kirchner en la Causa Vialidad

Carlos Beraldi, abogado defensor de Cristina Kirchner en la Causa Vialidad<


Viernes 10 de marzo de 2023 | 07:44

1- Cuando uno analiza un fallo, no se analiza solo leyendo lo que dicen los Jueces, se toma como primer elemento lo que los fiscales decían que estaba probado. La acusación que presentó los fiscales decían que en Argentina había existido una asociación ilícita que desde el 2003 al 2005 presidieron Néstor y Cristina y que habían robado una enorme cantidad de dinero.

Lo hicieron con diferentes actos, habían asignado fondos a Santa Cruz de manera ilícita, decían que el Congreso había sido coaccionado para votar leyes, que había decretos que ampliaron partidas para darle más dinero a Santa Cruz, que usaron a los jefes de gabinete para dictar decisiones administrativas, dijeron que desde el Ministerio de De Vido también reasignaron partidos. Esto era el gravísimo delito.

Nada de esos argumentos los Jueces dados por ciertos. Enmendaron lo que dijo el fiscal y dicen que solo hay indicios que probarían que CFK es culpable

2- Se hacen cargo de que no tienen pruebas directas sino pruebas indiciarias, sacaron un revólver y cosas incluso buscar en otros expedientes. Tomaron un decreto del 2009 donde se coloca a Vialidad como beneficiario de fondos para obras públicas, un decreto que asigna funciones, nada más, un decreto que pasó por todos los controles jurídicos del estado. Los Jueces dicen que pusieron a Vialidad para mandarle más plata a Báez sin mencionar a Báez

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3- Toda persona tiene presunción de inocencia, el fiscal tiene que probar cargo, si no hay certeza deben absolver, acá dicen que no saben si es así, pero igual lo toman por válido. Los pagos anticipados no constituyen ningún delito, además no tiene nada que ver con CFK

4- Para acreditar una defraudación hay que probar un perjuicio, en el primer informe que lamentablemente el mismo Iguacel se llegó a la conclusión de que lo pagado a Báez se correspondía con lo hecho, solo con esto no debía ni hacer denuncia. Eran 51 obras, nosotros pedimos peritar todas pero el tribunal dijo que no, que se peritaban solo 5 a elección del fiscal. Cuando se hace la pericia se termina concluyendo que no hubo sobreprecio

5- Si no se tiene la información necesaria no se puede capitalizar la duda en contra de la imputada; pero sí tenían la información, nosotros les mostramos que los precios estaban en los rangos aceptables

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6- Hay un exceso de adjetivación para una sentencia que debe resolver una cuestión jurídica. Cuando uno exagera es porque esta mintiendo

7- Dicen que lo que decimos nosotros del lawfare no se trata de ellos, pero no lo dijimos nosotros, el Papa habló del lawfare. Este Tribunal también integra la ley fare, desde que inició el proceso todas las decisiones fueron desfavorables, rechazando el 80% de las pruebas.

8- El plazo para recurrir son 10 días hábiles, nosotros vamos a trabajar ene se plazo, luego se abre la instancia ante Casación, de entrada vamos a plantear la recusación. En un proceso normal y recurso de Casación son al menos 6 o 7 meses, a veces dura hasta 1 año. No descarto que en este caso resuelvan de manera inmediata.

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