(Por Leopoldo Moreau, diputado nacional) En un fallo inusitadamente veloz, el juez Ramos dictaminó respecto a la denuncia contra Silvio Robles, ladero de Horacio Rosatti, que no podía ser imputado de ningún delito porque la denuncia se apoyaba en una "escucha ilegal".
Jueves 19 de enero de 2023 | 18:25
En un fallo inusitadamente veloz, el juez Ramos dictaminó respecto a la denuncia contra Silvio Robles, ladero de Horacio Rosatti, que no podía ser imputado de ningún delito porque la denuncia se apoyaba en una "escucha ilegal".
Es más, el juez calificó a esta metodología como propia de la dictadura militar.
Hasta aquí todo luce como un fallo razonablemente opinable, pero a la vez también confirma que para Comodoro Py en la Argentina hay dos Códigos de Procedimiento y dos Códigos Penales: uno que se aplica en la persecución contra el movimiento popular y otro que se aplica a favor del macrismo y de la banda mafiosa que los representa en los Tribunales.
Recordemos que la causa del Memorándum de Entendimiento con Irán, que estaba cerrada, fue reabierta precisamente por la utilización de una escucha ilegal que fue avalada por distintas instancias desde Claudio Bonadio hasta los camaristas Gustavo Hornos y Mariano Borinsky.
Esta reapertura implicó que Carlos Zannini estuviera ilegalmente preso más de tres meses y, lo que es peor aún, llevar a la muerte a Héctor Timerman.
Como si fuera una trágica parodia, la defensa de Robles se apoya en el único voto que rechazó esa ilegalidad, pero que quedó en minoría, que fue el de la doctora Ana Figueroa.
Otro paso de este minué desfachatado y vergonzante lo dio en esta causa el fiscal Stornelli, que adujo que no acusaba porque la prueba era "ilegal".
Recordemos que esa ilegalidad él la usó en su propia defensa cuando se presentó en Comodoro Py a acusar al diputado nacional Eduardo Valdés en lo que se conoce como la causa 'Puf puf', apoyándose en escuchas ilegales que clandestinamente le hizo llegar la Agencia Federal de Inteligencia de Mauricio Macri, Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, cuyas transcripciones habían sido obtenidas de escuchas realizadas en el penal de Ezeiza entre presos políticos y sus abogados.
¿Que harán ahora en Comodoro Py con este fallo?
¿Alguien procesará a Hornos y Borinsky por haber utilizado herramientas que se parangonan con las que usó la dictadura militar?
¿Alguien abrirá una causa para castigar a los que llevaron a la muerte a Timerman y a una prisión arbitraria a Zannini?
¿El procurador Eduardo Casal le aplicará una dura sanción a Stornelli por su doble estándar?
¿ Los miembros de la Corte que avalaron estas metodologías jurídicas aberrantes tendrán la dignidad de renunciar?
Ya sabemos cuáles serán las respuestas a estos interrogantes, las cuales -presumimos- serán negativas, pero de cara a la sociedad y a los organismos Internacionales, que en algún momento tendrán que intervenir, queda claro que cada paso que da este entramado mafioso los hunde cada vez más en el lodazal.