Una proyección de CEPA estimando un impuesto de 1,5% a los patrimonios mayores a 3,2 millones de dólares y de un del 10% sobre la rentabilidad proyectada de las 120 empresas de mayor facturación del país daría por resultado un gravamen extraordinario de $169 mil millones de pesos.
Por HERNÁN LETCHER // Miercoles 29 de abril de 2020 | 10:03
Las medidas sanitarias de aislamiento dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional y acompañadas por distintos niveles del Estado, y también del mundo privado, significan un fuerte “parate” en la actividad económica nacional. Lo mismo ocurre en cada una de las economías del resto del mundo, lo cual a su vez impacta negativamente en Argentina en virtud de la recesión de los principales socios comerciales, como Brasil y China. El contexto económico argentino en la etapa pre COVID-19 ya era complejo y con las medidas de aislamientos dispuestas por la pandemia esta situación local se ve agravada.
El estado nacional dispuso una serie de medidas destinadas a sostener ingresos de familias y subsidiar empresas –al mismo tiempo que otorgarles liquidez- por casi 3% del PBI, pero sigue siendo transcendente evaluar por cuánto tiempo se extiende la cuarentena o las medidas de resguardo de la población para analizar si es suficiente la magnitud de erogaciones fiscales y crediticias. ¿Cómo se financian estas decisiones?
Argentina: ejercicio de potencial recaudación con un gravamen local
Frente al incremento del gasto fiscal derivado de la atención del coronavirus, que en un principio equivalía a 1% del PBI en paquete fiscal y 1,3% en paquete crediticio (sumando 2,3%) y con los últimos anuncios relativos a la financiación de una porción del salario del sector privado por parte del Estado (llegaron casi 3%), se han realizado una serie de propuestas orientadas a financiar tal inversión por parte de distintos integrantes del espacio político del gobierno, diputados del bloque sindical, dirigentes del Frente de Todxs y de CTA. Las ideas giran en torno a la justicia tributaria con la implementación de un impuesto, que podría ser por única vez, a grandes fortunas.
Desde CEPA realizamos a continuación una estimación propia, con los siguientes supuestos:
Ambas herramientas, en conjunto, podrían sumar entre 112.000 y 203.000 millones de pesos de manera extraordinaria a la recaudación de 2020. Si la cuenta se hace considerando patrimonios desde 3,2 millones de dólares con 1,5% de alícuota y considerando la aplicación de una alícuota de 10% sobre la rentabilidad proyectada de 120 empresas de mayor facturación del país, la recaudación adicional de un gravamen extraordinario ascendería a $169 mil millones. La aplicación del impuesto llevaría de 45% a 47% la incidencia de los impuestos progresivos sobre el total de la recaudación – en 2020, de manera extraordinaria-.
En relación al primer universo, si se considera el patrimonio acumulado de las 50 personas con mayor patrimonio del país, el valor alcanza unos US$ 57.340 millones, lo que equivale a $3.669.760 millones ($3,6 billones). La familia más rica es la de Paolo Rocca, le sigue Alejandro Pedro Bulgheroni y familia, Gregorio Pérez Companc y familia, Alberto Roemmers, Jorge Pérez, Marcos Galperín, Hugo Sigman y Silvia Gold, entre otras, según el relevamiento de la Revista Forbes. Si se cobrara un impuesto 1,5% a estas fortunas, la recaudación ascendería a $55.046 millones. Por caso, esta recaudación extraordinaria serviría, por ejemplo, para fondear el 70% del costo del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) de $10.000 para monotributistas, que asciende a $78.000 millones de pesos – sólo en abril-. En efecto, este destino específico introduciría un componente redistributivo no sólo en el orden tributario sino también en su gasto.
Los datos de los principales patrimonios de Argentina, de todas formas, son estimaciones de mercado realizadas por una fuente privada. Para ganar en precisión, es fundamental partir de la estructura del Impuesto a los Bienes Personales, ya que la valuación fiscal de los bienes de acuerdo a los criterios vigentes en las normas impositivas no siempre es el valor de mercado de los mismos. Partiendo de los últimos datos disponibles de la AFIP al año 2017, el mayor tramo de bienes declarados son los bienes personales sujetos a impuesto superiores a los $60 millones de 2017, equivalentes a más de U$S 3 millones de 2017, por los cuales tributaron solamente 6.197 personas. De la misma manera se advierte que solamente 32.484 personas (los últimos cuatro tramos en conjunto) declararon bienes sujetos al impuesto sobre los bienes personales superiores a los $15 millones en 2017. A continuación, se expone un cuadro con la cantidad de personas sujetas al impuesto con los mayores tramos de bienes personales.
Si se aplicara un impuesto adicional de 1,5%, por única vez sobre aquellos bienes, podría ser factible obtener recursos fiscales equivalentes a aproximadamente U$S 893,5 millones, unos $57.900 millones. Estos valores constituyen simplemente una aproximación teórica porque se desconoce la valuación de los bienes a diciembre de 2019, ya que la última información disponible desagregada corresponde a diciembre de 2017.
Si el límite fuera más bajo, y se consideraran para el tributo los últimos cuatro tramos de bienes, es decir, se aplicara dicho impuesto especial a las 32.484 personas con bienes personales superiores a los $15 millones en 2017 (equivalentes a U$S 793,6 millones), la recaudación adicional total podría ascender a U$S 1.438 millones, unos $92.050 millones (Cuadro 3). Nuevamente, esto es solamente una aproximación del orden de magnitud que podría llegar a recaudarse con un impuesto extraordinario que grave a pequeña porción de la sociedad; en este caso, alrededor del 0,07% de la población argentina.
Con el cálculo 1, tomando la fuente Forbes con los 50 patrimonios más grandes, el tributo extraordinario podría recaudar $55.046 millones. Con el segundo cálculo, que toma datos de AFIP de la base de bienes personales, si se recorta el gravamen a los patrimonios superiores a los US$ 3,2 millones, se recaudarían $57.900 millones. En tercer lugar, el cálculo considera la base de AFIP de 2017, aunque incluye un piso imponible más bajo, de US$ 800.000 y así se recaudarían más de $92 mil millones.
En el segundo universo, que refiere al tributo sobre la rentabilidad neta de las empresas con mejor desempeño en el último ejercicio fiscal (2019) se realiza una aproximación tomando la rentabilidad de las 62 empresas de mayor facturación –con rentabilidad relevada por la Revista Mercado-. El total de ese universo de 62 empresas asciende a US$ 11.910 millones, lo que equivale en pesos a $574.530 millones. Entre las más importantes, se encentran Telecom, Toyota, Pan American Energy, Volkwagen, Vicentin, Cargill. Algunas de estas pertenecen al Estado (YPF, Banco Nación, Banco Provincia). Es importante considerar que en esta estimación se incluyen empresas públicas.
Cabe indicar que para la selección se consideraron las 120 empresas de mayor facturación, y de ellas, sólo presentaban información sobre rentabilidad unas 62. El ejercicio, por lo tanto, incluye una estimación de recaudación considerando (A) sólo la rentabilidad de esas 62 empresas–como piso mínimo- y (B) extrapolando el desempeño de esas 62 a las 120 del universo inicial. Para la estimación de la rentabilidad de 2019 se deflactó por el dólar promedio de 2018 y se estimó al dólar promedio de 2019.
A grandes rasgos, una recaudación del 10% sobre la renta de estas 62 empresas arrojaría ingresos al fisco argentino por al menos $57.453 millones. Si se extrapola la información de rentabilidad disponible al 100% de las 120 firmas consideradas, el monto de recaudación sumaría $111.199 millones.
La aplicación del impuesto llevaría de 45% a 47% la incidencia de los impuestos progresivos sobre el total de la recaudación – en 2020, de manera extraordinaria-. A su vez, el impacto adicional sobre el total de recursos tributarios a 2020 (actualizando la recaudación 2019 según inflación anual promedio para 2020 tomando REM-BCRA) ascendería a 2,3%³5. No obstante, es de esperar que la caída en la recaudación anual producto de la recesión sea sensiblemente mayor a este guarismo.